![]() |
|
|---|---|
|
Buenos Aires, 26 de septiembre de 2008. La Justicia Civil rechazó hoy la demanda por trescientos mil pesos que el empresario kirchnerista Héctor Antonio le entabló a la Presidenta de la Coalición Cívica, Elisa Carrió en la que la acuso de daños y perjuicios derivados de declaraciones de la líder opositora sobre el homicidio de Raúl "Cacho" Espinosa ocurrido en Puerto Madryn en 2003. El fallo del juez en lo civil Roberto Parrilli ocurre meses que fue un correlato del juicio oral en el que, con los mismos actores, Carrió resultó absuelta, se vincula con declaraciones de la dirigente política, quien había reclamado que se investigara al hijo de Jorge Antonio por el homicidio de Raúl Espinosa, en Puerto Madryn, en 2003. Carrió recibió la noticia hoy durante una visita que realizó a la localidad bonaerense de Azul en donde recorrió una Unidad Sanitaria y el Hospital Municipal Doctor Pintos con el Intendente (de la Coalición Cívica) Omar Duclos, el diputado Nacional Juan Carlos Morán y los legisladores provinciales José Luis Comparato y Maricel Etchecoin Moro. Más tarde ofreció una conferencia en el Complejo Alsina de Azul en la que se sumó Margarita Stolbizer. El juez en lo civil Roberto Parrilli no sólo rechazó la demanda, sino que además condenó a Antonio a pagar las costas del juicio. El magistrado reivindicó la "libertad de pensar, de hablar, de escribir, opinar y publicar" como una de las diversas formas en que "se ejerce la libertad 'obrera principal e inmediata' de todos los progresos y mejoras del hombre, de todas las conquistas de la civilización". Sostuvo el Juez Parrilli: "…He de rechazar la pretensión del actor pues no parece razonable suscitar conflicto de derechos constitucionales cuando, reitero, las expresiones vertidas que se pretende injuriosas, constituyen opiniones vertidas por una dirigente política , en el ejercicio del rol de líder de su partido y de interés público, que excluye una conducta antijurídica y tampoco, se ha probado por el factor de atribución" El Juez se refiere a la compra por parte de Antonio de una yegua a la que bautizó "La Karrió", porque según dijo el empresario oficialista "sería una forma de marcar la injusticia. Respecto de esto el magistrado escribió: "…Esa singular y extraña forma de delectación espiritual y de buscar justicia, por la que optara Antonio, además de abrir dudas sobre la magnitud de la condena que reclama –pues cuesta comprender la existencia de sufrimiento espiritual de quien procede de ese modo- le resta entidad y seriedad a su pretensión frente a la libertad de expresión, circunstancia que no he dejado de ponderar al privilegiar esta última". Antes, el juez sostuvo que "Decir, que 'hay que investigar' o que se tiene 'el deber moral de esclarecer', permite descartar la existencia de imputaciones y la figura de la calumnia. Hablar de 'creer' o de 'presunto' difumina las pretendidas injurias pues coloca las expresiones en el terreno de lo opinable. Además habría que dar un salto lógico forzado para deducir una probable imputación de ilícitos y, ni aún de ese modo puede inferirse que se atribuyan conductas delictivas…" "En suma, de los dichos vertidos por Carrió (…) sólo podría llegar a inferirse que aquella esta formulando una hipótesis o camino a seguir en la investigación para el esclarecimiento del homicidio del empresario pesquero Espinosa". |
|